La situación de desempleo en México es algo que a nadie puede hacerle bien. Por eso, desde el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) el gobierno federal da ayudas por desempleo a aquellas personas que la soliciten.
Para esto, la persona que puede solicitar la ayuda, deberá haber sido dada de baja en el Régimen Obligatorio del Seguro Social, y deberá esperar al cuadragésimo sexto día natural contado a partir de la fecha de la baja.
Una vez solicitado, la persona que posea la ayuda tendrá derecho a retirar de su subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, la cantidad que resulte menor entre 75 días de su propio salario de cotización de las últimas 250 semanas o el 10% del saldo de la propia subcuenta.
Documentación requerida
- Los 2 últimos estados de cuenta que proporciona la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE)
- Identificación oficial con fotografía y firma del asegurado o pensionado
- Documento que contenga el Número de Seguridad Social
- Solicitud de Certificado de Baja para el Retiro por Desempleo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de marzo de 2006
Asimismo, como ya hemos mencionado, deberá estar dado de baja en el IMSS
Por otra parte, tiene como requisitos:
- Contar con 250 semanas cotizadas
- Estar registrado en la AFORE de su elección
- Contar con recursos en su subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
La última de las condiciones es que, podrá disponer del préstamo de Retiro por Desempleo, una vez cada cinco años previa solicitud. El pago se realiza a través de la AFORE en la cual esté inscrito el solicitante.
La Economia




si no tengo las 250 semanas cotizadas no me corresponde nada?