Ley del Seguro Social
Publicado por Ana Jiménez - 29/07/2010 a las 19:46:54
La segunda se refiere al artículo transitorio, la cual es para efectos de la cotización de los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, teniendo como limite 10 veces el salario mínimo.
El problema es que si el IMSS decide aplicar el criterio de la SCJN, sin duda alguna, los jubilados reducirían de manera significativa su expectativa de pensión. Por ello, presentaría repercusiones en los planes de pensiones privados, con la intención de complementar la pensión que otorga el IMSS
Asimismo, aun no se encuentra definido el tratamiento que el IMSS dará a las personas que hoy están jubiladas bajo el régimen de 1973, donde el límite superior es de 25 veces el salario mínimo.
Análisis
Esto va a tener repercusiones al corto plazo, y que casualidad que precisamente esas resoluciones hayan sido ignoradas, muchas cosas parecen que las hacen con toda ventaja y alevosía.
Otros analistas (con lo cual concuerdo) es que no es necesario hacer una modificación a estas resoluciones sino simplemente no aplicarlas para que no se vea afectada las pensiones, en fin, veremos que determinan al final.
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