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Tramitar Pension Alimenticia

 

La pensión alimentaria es la cantidad de dinero que el padre o madre que no tiene la custodia de sus hijos(as) viene obligado(a) por ley a  pagarles para su manutención.

En caso de separación de los padres, el cuidado de los hijos corresponde a la madre. Ella será la que los represente para efectos de obtener su pensión alimenticia. Las mujeres embarazadas también tienen derecho a demandar pensión de alimentos por el hijo(a) que está por nacer, sin necesidad de contar con un representante legal.

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Pension alimenticia

pension-alimenticia

Según la ley, se establece que los padres tienen que brindar alimentos a sus hijos menores. Cuando hablamos de alimentos, hacemos referencia a todo lo que los hijos necesiten consumir para vivir y crecer, conforme las posibilidades económicas de sus padres.

Entonces, queremos decir con alimentos: vivienda, ropas, esparcimiento, educación y, por supuesto, alimentos propiamente dichos.

La pensión alimenticia hijos, es el derecho que brinda la legislación a los hijos, en caso de separación o divorcio de los padres, de recibir recursos económicos necesarios para su sustento y el modo de vida acorde a su realidad social y económica.

Por lo regular, se mantiene el derecho a la pensión alimenticia hijos hasta cumplir los 18 años, pero, en caso de estar cursando una carrera universitaria, podrían recibirla hasta cumplir los 21 años.

Requisitos para pedir una pensión alimenticia

  • Actas de nacimiento de sus hijos
  • Acta de matrimonio en caso de que la cónyuge no tenga trabajo o se haya dedicado al hogar durante el matrimonio.
  • Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.
  • La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio.
  • Cabe mencionar que si se llega a ocultar las fuentes de ingreso o se presentan antecedentes falsos, se arriesga a sanciones administrativas y penales.

Solo pueden pedir pensión :

  • Los menores de 18 años
  • Los menores de 24 años siempre y cuando comprueben que están estudiando

En el caso de que la pension alimenticia hijos no sea brindada de forma voluntaria por los padres, existen dos vías para reclamarla: extrajudicial, y judicial.

  • Extrajudicial: Los progenitores pueden llegar a un acuerdo en cuanto al monto de la pensión alimenticia hijos, sin necesidad de acudir a un juez.
  • Judicial: la justicia dispone de medidas para obligar a que se efectúe el pago de la pensión alimenticia hijos. Las mismas van desde una citación intimatoria, hasta la prisión

A continuación, un video interesante sobre la Pensión Alimenticia:

Dejamos algunos enlaces de interés:

Cotizaciones del IMSS

El Salario Base de Cotización, como su nombre lo indica, es el salario con el que un trabajador está registrado en el IMSS y sirve para calcular 2 cosas:

  • Las cuotas que el patrón debe pagar al Seguro Social.
  • Los beneficios que pueden recibir el trabajador y su familia.

En caso de querer realizar un cambio en el salario, debe notificarlo para que los beneficios que reciban el trabajador y su familia estén de acuerdo con lo que realmente gana.

Importancia de estar inscrito con su Salario Real

Cabe destacar que al estar asegurados en el IMSS, usted y su familia tienen acceso a los siguientes servicios:

¿Cuánto recibe?

La cantidad de las prestaciones, así como el dinero que le pueden prestar el Infonavit para una vivienda o Fonacot para adquirir bienes, se basa en el cálculo de su Salario Base de Cotización. El nivel más bajo y más alto de Salario Base de Cotización que puede registrar en el IMSS es un salario mínimo y el más alto 25 veces el salario mínimo. Descuentos del Patrón para pagar la cuota del Seguro Social

  • Nada, si gana un salario mínimo.
  • Si gana hasta tres salarios mínimos aportarás únicamente el 2.375% de su salario.
  • Si gana más de tres salarios mínimos pagará un 0.88% adicional en 2005.

Recuerde que…

Si ofrecen darle un poco más de sueldo a cambio de no inscribirte al Seguro Social su Patrón comete un delito y lo más grave, usted y su familia no podrán recibir atención médica ni medicinas en el IMSS. Asimismo, no tendrá derecho a una pensión si sufre un accidente ni a una jubilación cuando se retire.Cuida que tu patrón te inscriba en el IMSS, con tu salario base de cotización real.

La Pensión Alimenticia

La Pensión Alimenticia son todos aquellos medios que son indispensables para que una persona pueda satisfacer todas sus necesidades básicas, según la posición social de la familia. Dichas necesidades son alimentos, la educación, transporte, vestuario, asistencia médica, etc.
Requisitos para pedir una pensión alimenticia
Actas de nacimiento de sus hijos
Acta de matrimonio en caso de que la cónyuge no tenga trabajo o se haya dedicado al hogar durante el matrimonio.
Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.
La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio.
Cabe mencionar que si se llega a ocultar las fuentes de ingreso o se presentan antecedentes falsos, se arriesga a sanciones administrativas y penales.
Procedimiento legal de la pensión
Para proveer una pensión alimenticia, antes que nada debe de existir un juicio, donde el juez tiene la obligación de fijar el monto de dinero que el demandado deberá pagar para los hijos menores de edad hasta que finalmente se dicte sentencia definitiva.
Generalmente existe primero una pensión provisional y posteriormente la definitiva.
En cuanto al monto máximo que se puede obtener de pensión alimenticia, tome en cuenta que no podrá sobrepasar el 50 por ciento de los ingresos totales de quien pagará la pensión. Cabe destacar que lo mínimo a pedir es el 13.5 por ciento.
En caso de que la persona no quiera pagar la pensión
Usted puede solicitar la pérdida de la patria potestad y denunciarlo penalmente.
Solo pueden pedir pensión :
Los menores de 18 años
Los menores de 24 años siempre y cuando comprueben que están estudiand

pension alimenticia

La Pensión Alimenticia son todos aquellos medios que son indispensables para que una persona pueda satisfacer todas sus necesidades básicas, según la posición social de la familia. Dichas necesidades son alimentos, la educación, transporte, vestuario, asistencia médica, etc.

Requisitos para pedir una pensión alimenticia

  • Actas de nacimiento de sus hijos
  • Acta de matrimonio en caso de que la cónyuge no tenga trabajo o se haya dedicado al hogar durante el matrimonio.
  • Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.
  • La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio.
  • Cabe mencionar que si se llega a ocultar las fuentes de ingreso o se presentan antecedentes falsos, se arriesga a sanciones administrativas y penales.

Procedimiento legal de la pensión

Para proveer una pensión alimenticia, antes que nada debe de existir un juicio, donde el juez tiene la obligación de fijar el monto de dinero que el demandado deberá pagar para los hijos menores de edad hasta que finalmente se dicte sentencia definitiva.

Generalmente existe primero una pensión provisional y posteriormente la definitiva.

En cuanto al monto máximo que se puede obtener de pensión alimenticia, tome en cuenta que no podrá sobrepasar el 50 por ciento de los ingresos totales de quien pagará la pensión. Cabe destacar que lo mínimo a pedir es el 13.5 por ciento.

En caso de que la persona no quiera pagar la pensión

Usted puede solicitar la pérdida de la patria potestad y denunciarlo penalmente.

Solo pueden pedir pensión :

  • Los menores de 18 años
  • Los menores de 24 años siempre y cuando comprueben que están estudiando

Ahorro Financiero Septiembre 2010

Según la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), al término de septiembre de 2010, se presentó un aumento en el ahorro financiero por segundo trimestre consecutivo, llegando a la suma de 10.1 billones de pesos, lo cual indica un avance de 11 por ciento en comparación  a los 9.1 billones del mismo trimestre durante el 2009.
Conformación del ahorro financiero
Dicho indicador esta formado  por las partidas de captación de intermediarios, tenencia de valores de renta fija, de renta variable y el ahorro externo.
Detalles del indicador
Los aumentos se le atribuyen al aumento en la tenencia de valores de renta fija de sociedades de inversión, SIEFORES, empresas y particulares, que en término porcentuales se incrementaron en  10.2% por ciento anual, lo cual se traduce en 4.8 billones de pesos.
En cuanto al ahorro externo, este tuvo una alza de 11.4 por ciento mas frente al mismo trimestre de 2009, alcanzando la cifra de 2.3 billones de pesos  debido a la compra de valores emitidos en México por parte de inversionistas extranjeros.
A su vez, la captación de intermediarios al tercer trimestre del 2010 creció 3.5 por ciento en comparación al mismo lapso del año pasado, con cifras de 2.9 billones de pesos, donde los bancos y los intermediarios no bancarios representaron el 79%, mientras que el 21% restante los fondos de vivienda.
Esto es debido a que las Afores tuvieron mayores recursos para invertir los ahorros de pensiones de las personas, dado que el empleo se recuperó a lo largo del 2010.
Cifras totales
CNBV indicó que financiamiento total tuvo un incremento anual de 3.2 por ciento durante el tercer trimestre de 2010, obteniendo la cantidad de 9.3 billones de pesos, impulsado por aumentos en la cartera de crédito a estados y municipios así como por el financiamiento a empresas no financieras otorgado por la banca de desarrollo.
A su vez, se observó un incremento en la emisión total de deuda interna de 3 por ciento frente al mismo lapso de 2009 con un total de 4.2 millones de pesos, dada una alza del 7 por ciento en el saldo de las emisiones privadas, las cuales alcanzaron los 254,897 millones de pesos al cierre del periodo de referencia del año pasado.
Composición del financiamiento total
El indicador esta compuesto por la cartera de crédito de todas las instituciones financieras, las emisiones de deuda interna, la tenencia de valores de renta variable y el financiamiento externo

CNBV

Según la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), al término de septiembre de 2010, se presentó un aumento en el ahorro financiero por segundo trimestre consecutivo, llegando a la suma de 10.1 billones de pesos, lo cual indica un avance de 11 por ciento en comparación  a los 9.1 billones del mismo trimestre durante el 2009.

Conformación del ahorro financiero

Dicho indicador esta formado  por las partidas de captación de intermediarios, tenencia de valores de renta fija, de renta variable y el ahorro externo.

Detalles del indicador

Los aumentos se le atribuyen al aumento en la tenencia de valores de renta fija de sociedades de inversión, SIEFORES, empresas y particulares, que en término porcentuales se incrementaron en  10.2% por ciento anual, lo cual se traduce en 4.8 billones de pesos.

En cuanto al ahorro externo, este tuvo una alza de 11.4 por ciento mas frente al mismo trimestre de 2009, alcanzando la cifra de 2.3 billones de pesos  debido a la compra de valores emitidos en México por parte de inversionistas extranjeros.

A su vez, la captación de intermediarios al tercer trimestre del 2010 creció 3.5 por ciento en comparación al mismo lapso del año pasado, con cifras de 2.9 billones de pesos, donde los bancos y los intermediarios no bancarios representaron el 79%, mientras que el 21% restante los fondos de vivienda.

Esto es debido a que las Afores tuvieron mayores recursos para invertir los ahorros de pensiones de las personas, dado que el empleo se recuperó a lo largo del 2010.

Cifras totales

CNBV indicó que financiamiento total tuvo un incremento anual de 3.2 por ciento durante el tercer trimestre de 2010, obteniendo la cantidad de 9.3 billones de pesos, impulsado por aumentos en la cartera de crédito a estados y municipios así como por el financiamiento a empresas no financieras otorgado por la banca de desarrollo.

A su vez, se observó un incremento en la emisión total de deuda interna de 3 por ciento frente al mismo lapso de 2009 con un total de 4.2 millones de pesos, dada una alza del 7 por ciento en el saldo de las emisiones privadas, las cuales alcanzaron los 254,897 millones de pesos al cierre del periodo de referencia del año pasado.

Composición del financiamiento total

El indicador esta compuesto por la cartera de crédito de todas las instituciones financieras, las emisiones de deuda interna, la tenencia de valores de renta variable y el financiamiento externo.

Pensiones issste

ISSSTE

Se logró el blindaje del pago de pensiones gracias a los 354 votos a favor de la Cámara de Diputados y ni un voto en contra.

De esta manera, el tope para el pago de pensiones en 25 salarios mínimos vigente en el Distrito Federal, para el seguro de invalidez y vida, los ramos de cesantía y vejez en edad avanzada.

Recordemos que hace un par de meses la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había determinado reducir de 25 a 10 veces el salario mínimo vigente en el DF para poder otorgar pensiones. Según los cálculos del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), esto llevaría a un impacto en las finanzas públicas de 100 mil millones de pesos, además de afectaría a las personas mayores de 60 años que están próximas a jubilarse y los mexicanos que ganan más en el país.

En concreto, ayer la Cámara de Diputados adicionó un tercer párrafo al artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley del IMSS, que citamos a continuación:

Ese mismo límite en veces el salario mínimo, será el límite superior de las cuantías de las pensiones de aquellos asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley, así como de sus beneficiarios, que, al cumplirse los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, opten por acogerse a los beneficios de la ley que se deroga”.

Resumiendo, el tope a 25 salarios mínimos es para el seguro de invalidez y vida, los ramos de cesantía y vejez en edad avanzada.

Por esta vez, podemos dejar a nuestros abuelos y padres tranquilos de que no habrá ningún cambio en sus jubilaciones.

Pensiones del Estado

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Una pensión es una compensación que otorga el patrón al trabajador retirado en forma de renta vitalicia, de acuerdo con un plan establecido. Por lo tanto, ofrece tranquilidad y seguridad económica luego de una vida de trabajo, para poder vivir uno y su familia de la forma más cómoda y beneficiosa posible.

Por lo tanto, las Pensiones del Estado son una prestación económica que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le otorgará como trabajador asegurado a la persona o a sus beneficiarios cuando se cumplan las condiciones para solicitarla, establecidas en la Ley de Seguro Social.

Los requisitos necesarios para tramitar la pensión son:

  • Pensión de Incapacidad permanente, parcial o total
  • Pensión de Invalidez
  • Pensión de Cesantía en edad avanzada o vejez
  • Pensión de Retiro Anticipado 
  • Pensión de Viudez 
  • Pensión de Orfandad
  • Pensión de Ascendientes
  • Asignaciones Familiares
  • Ayuda Asistencial
  • Préstamo a cuenta de Pensión

El trámite para obtener la pensión es simple y rápido. Lo que se debe hacer es acudir a la clínica más cercana al domicilio una vez cumplidos los requisitos establecidos en la Ley de Seguro Social. Una vez que desde el organismo comprueben que la persona que solicitó el trámite se encuentra viva, no habrá problemas en empezar a disfrutar del pago de la pensión.

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